Minhacienda modificó los requisitos para autorizar la oferta pública de valores emitidos por entidades extranjeras (3:11 p.m.)
30 de Diciembre de 2010
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Nota:
71041
El requisito exigido a las entidades extranjeras que quieran emitir valores de tener inscritos valores en una o más bolsas internacionalmente reconocidas puede ser suplido, entre otros, por estar domiciliada en una jurisdicción aceptable por la Superintendencia Financiera. Así lo fijó, mediante decreto, el Ministerio de Hacienda, al modificar dicho requisito, establecido en el Decreto 2555 del 2010. La nueva norma establece que cuando se vayan a inscribir acciones, deberá incluirse una descripción sobre los derechos societarios que tendrían los inversionistas en Colombia y una descripción del proceso que debe adelantar la entidad extranjera en caso de liquidación.
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