Información al consumidor de un bien inmueble destinado a vivienda no debe limitarse al área privada construida (4:22 p.m.)
11 de Diciembre de 2013
Reproducir
Nota:
93313
Aunque la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio es clara en determinar la forma y los mecanismos a través de los cuales debe brindarse información a los consumidores de bienes inmuebles destinados a vivienda, especialmente sobre el área privada construida, la obligación no debe limitarse a tales medios, es decir, puede incluir otras áreas y suministrarse en etapa de preventa en sala de ventas y en plegables o brochures. Así lo señaló la entidad, en concepto de octubre.
Opina, Comenta