Señalan término para que usuarios de zona franca informen su endeudamiento externo (8:00 a.m.)
23 de Febrero de 2010
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Nota:
64470
El término para que los usuarios de zona franca y los residentes no usuarios que depositen mercancías en esas áreas cumplan la obligación cambiaria de informar el endeudamiento externo ante la autoridad competente inicia a partir de que el usuario operador aprueba la operación registrada en el formulario movimiento de mercancías en zona franca – ingreso o en el formulario de salida, según corresponda. Así lo precisó recientemente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), al modificar la Circular 88 del pasado 30 de diciembre, que estableció medidas de control respecto del cumplimiento de dicha obligación.
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