13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 33 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Según la Procuraduría, financiación de las prestaciones excepcionales en salud no está garantizada con la norma expedida para tal fin (9:40 a.m.)

06 de Abril de 2010

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Nota:
65316
La Procuraduría General de la Nación pidió la inexequibilidad de algunos apartes del decreto expedido en la emergencia social que regula las prestaciones excepcionales en salud (Decreto 128 del 2010), pues no existe una conexidad material de algunas de sus disposiciones con las de la declaratoria. El Ministerio Público señaló que los comités técnicos de prestaciones excepcionales en salud, creados mediante esta norma, pueden llegar a constituirse en una instancia obligatoria, lo que conlleva a obstaculizar la prestación del servicio público de salud. Adicionalmente, la consagración del principio de prioridad condiciona la efectividad de las prestaciones excepcionales en salud a la disponibilidad de recursos, así como el mismo principio de subsidiariedad. Agregó que la financiación del Fondo de Prestaciones Excepcionales en Salud no está clara en la norma.

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