Oficializan fallo que eliminó la posibilidad de financiar la recreación de los miembros de la fuerza pública con presupuesto del Ministerio de Defensa (5:30 p.m.)
06 de Abril de 2010
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Nota:
65310
La Corte Constitucional dio a conocer el fallo mediante el cual declaró inexequible la expresión “o asignar partidas presupuestales y elementos disponibles”, contenida en el artículo 1º de la Ley 36 de 1981 y que permitía al Ministerio de Defensa asignar partidas presupuestales a las entidades sin ánimo de lucro que proporcionen medios de recreación a los miembros de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. El alto tribunal recordó que toda norma legal que asigne recursos públicos en cumplimiento de una determinada política social o económica debe asegurar como mínimo el principio de igualdad y no discriminación, asegurar un retorno social mayor que el costo del auxilio y estar acorde con el Plan Nacional de Desarrollo, situación que no se cumplía con el beneficio autorizado en esta norma, pues constituía un auxilio o donación, proscrito por el artículo 355 de la Constitución (M. P. Juan Carlos Henao).
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