Expiden directrices relativas al cálculo de la retención neta a cargo de aseguradoras (2:48 p.m.)
17 de Diciembre de 2010
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Nota:
70594
De acuerdo con el decreto único de los sectores financiero, asegurador y del mercado de valores (Decreto 2555/10), las aseguradoras y reaseguradoras no pueden asumir, en un solo riesgo, una retención neta superior al 10% de su patrimonio técnico del trimestre anterior al de efectuada la operación. Para la aplicación de esa disposición, la Superintendencia Financiera expidió ayer la Circular Externa 45, que establece, entre otras directrices, que dicha retención es aquella que queda a cargo de la entidad aseguradora, una vez deducida la responsabilidad de sus coaseguradores y reaseguradores, según el caso.
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