Es legal pignorar un porcentaje de los recursos trasladados a los departamentos beneficiarios del Fondo de Subsidio de la Sobretasa a la Gasolina (12:27 p.m.)
07 de Enero de 2010
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Nota:
64052
El Ministerio de Hacienda señaló que no existe norma que prohíba pignorar un porcentaje de los recursos que se le deben trasladar a los departamentos beneficiarios del Fondo de Subsidio de la Sobretasa a la Gasolina, usados para financiar proyectos de infraestructura vial. Sin embargo, aclaró que el esquema financiero no cuenta con una estabilidad que permita pensar que la fuente de pago del crédito es segura, es decir, que el departamento puede acceder a los recursos en estudio siempre y cuando el consumo de gasolina en su jurisdicción no supere el 0.75% del consumo nacional. Agregó que cuando el departamento pierda el subsidio, su contrato de crédito público se quedará sin una de las garantías.
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