Es deber de las entidades de certificación dar a conocer sus actividades al público, a través de una declaración de prácticas (1:14.m.)
31 de Agosto de 2010
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Nota:
68360
Dentro de las obligaciones de las entidades de certificación se encuentran la de dar a conocer sus actividades al público en general, a través de la denominada declaración de prácticas de certificación (DPC), entendida como la manifestación de la entidad sobre las políticas y procedimientos que aplica para la prestación de sus servicios, y responder por todos los perjuicios que puedan causar en el ejercicio de sus actividades, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio, en concepto de julio. Actualmente, están autorizadas para operar en el territorio nacional como entidades de certificación para comercio electrónico las siguientes: Certicámara S.A., Gestión de Seguridad Electrónica S.A. (entidades de certificación abierta), Banco de la República, Instituto Colombiano de Codificación y Automatización Comercial, A Toda Hora S.A., Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y Ecopetrol S.A. (entidades de certificación cerrada).
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