Corte respaldó proyecto de ley que desarrolla lineamientos para el desarrollo de la telesalud en Colombia (9:49 a.m.)
03 de Agosto de 2010
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Nota:
67906
La Corte Constitucional declaró infundadas las objeciones del Presidente de la República al proyecto de ley que establece los lineamientos para el desarrollo de la telesalud en Colombia (P. L. 218/07S-309/07C). La sala encontró que el Congreso sí estudió y analizó el asunto del financiamiento y de la sostenibilidad de las actividades de la telemedicina que se impulsan con la iniciativa. Además, revisó que los dineros destinados a este proyecto tendrán como principal fuente una parte de los recursos del fondo de comunicaciones, que es una unidad administrativa especial adscrita al Ministerio de Comunicaciones. Explicó también que la obligación de las empresas promotoras de salud (EPS), del régimen subsidiado y contributivo, de destinar el 0.3% de la unidad de pago por capitación a la coordinación y financiación de los servicios de telemedicina con cobertura nacional no está ordenando un gasto público, sino cambiando parcialmente la destinación de una contribución parafiscal, para dedicarla a una actividad que debe considerarse como parte integrante de la seguridad social en salud (M. P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).
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