Corte Constitucional recuerda que la tutela procede en controversias contractuales, si están en juego derechos fundamentales (3:29 p.m.)
22 de Diciembre de 2010
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Nota:
71228
La Corte Constitucional recordó que la acción de tutela procede contra particulares, siempre y cuando el solicitante esté en una relación de subordinación o indefensión. En el mismo sentido, indicó que este mecanismo constitucional procede en controversias contractuales, cuando están en juego garantías y derechos fundamentales. Por ello, se podría tutelar el derecho al debido proceso en las relaciones entre particulares. Sin embargo, en el caso concreto, la corte revocó los fallos que tutelaron derechos fundamentales de varias sociedades, a las que Cine Colombia S.A. les dejó de suministrar nuevas películas. A juicio del alto tribunal, se trataba de un tema contractual, del que se predica la libertad de empresa (M.P. Humberto Antonio Sierra Porto).
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