Condición de controlante de un patrimonio autónomo dentro de un grupo empresarial se predica, según el poder de decisión (3:27 p.m.)
19 de Octubre de 2010
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Nota:
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Aunque un patrimonio autónomo no puede hacer parte de un grupo empresarial, pues este supone la existencia de un vínculo de subordinación o control entre las sociedades participantes y aquel no goza de personalidad jurídica ni es sujeto de derecho que pueda actuar autónomamente, se supone la existencia de una voluntad decisoria a cargo de quienes estén estipulados en el respectivo contrato de fiducia. Por lo tanto, la influencia en el poder de decisión de una o varias sociedades permite predicar la condición de controlante, bien sea el fideicomitente o uno o más beneficiarios, según como esté estructurado el acuerdo de fiducia. Así lo precisó la superintendencia de Sociedades, en concepto de agosto.
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