Administradores de la sociedad por acciones simplificada pueden suscribir acuerdos de accionistas (11:13 a.m.)
01 de Julio de 2010
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Nota:
66943
A diferencia de los acuerdos de accionistas previstos en la Ley 222 de 1995, donde los administradores de la sociedad no pueden suscribirlos y estos deben versar sobre asuntos relacionados con el derecho a voto, en la sociedad por acciones simplificada dichos acuerdos pueden ser suscritos por quienes sean o no administradores y pueden versar sobre cualquier asunto, siempre que este sea lícito, según lo previsto en la Ley 1258 del 2008, precisó la Superintendencia de Sociedades, en reciente oficio. Aunque las dos disposiciones permiten los acuerdos mencionados, poseen particularidades propias y lineamientos diferentes, que las hacen aplicables y operantes solo dentro de la esfera que abarcan.
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