Publican fallo que declaró inexequible el decreto de emergencia social que optimizaba el flujo de recursos para el régimen subsidiado (11:39 a.m.)
14 de Julio de 2010
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Nota:
67357
La Corte Constitucional reiteró que la declaratoria de inexequibilidad del estado de emergencia social tiene efectos inmediatos y hacia el futuro, con excepción de aquellas normas que establecen fuentes tributarias de financiación orientadas exclusivamente al goce efectivo del derecho a la salud, en cuyo caso el efecto de inexequibilidad fue expresamente diferido. Por tal razón, la Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto 132 del 2010, que establecía mecanismos para optimizar el flujo de recursos que financien el régimen subsidiado de salud, pero no guarda relación con las materias por las que se difirieron los efectos de inconstitucionalidad. Publicamos el texto de la sentencia dado a conocer recientemente (M. P. María Victoria Calle).
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