Precisan obligación prestacional del empleador cuando omite afiliar al trabajador al sistema pensional (9:48 a.m.)
05 de Noviembre de 2013
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Nota:
92311
Teniendo en cuenta el Decreto 2665 de 1988, cuando el empleador no afilia al trabajador al sistema pensional está obligado a responder por las prestaciones en los mismos términos en que el ISS las hubiera reconocido, reiteró la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. A su juicio, no es viable distinguir dos tipos de consecuencias derivadas de si la omisión de afiliación sucedió hasta el 26 de diciembre de 1988, fecha de entrada en vigencia del Decreto 2665, o posteriormente (M. P. Carlos Ernesto Molina).
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