14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Para iniciar la calificación de pérdida de capacidad laboral debe haber finalizado la rehabilitación funcional y profesional del trabajador (10:01 a.m.)

10 de Septiembre de 2010

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Nota:
68505
Para iniciar el proceso de calificación de pérdida de capacidad laboral es necesario que el trabajador haya terminado el proceso de rehabilitación, ya que el artículo 23 del Decreto 2463 del 2001, que reglamenta el debido proceso de calificación mencionado, condiciona el inicio a la existencia de una certificación donde conste la terminación de la rehabilitación funcional y profesional, indicó el Ministerio de la Protección Social. La competencia para calificar la pérdida de capacidad la tiene la entidad promotora de salud a la cual esté afiliado el trabajador, el fondo de pensiones o la administradora de riesgos correspondiente, en primera instancia. Si alguno de los interesados no está de acuerdo, el caso será remitido a la junta de calificación de invalidez, señaló la entidad.

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