Mintrabajo fija lineamientos para despido de trabajadores con protección reforzada
Empleadores que no soliciten autorización previa podrán enfrentar sanciones judiciales, reintegro laboral, indemnización y ajustes razonables en el puesto de trabajo.
28 de Noviembre de 2025
El Ministerio del Trabajo emitió una circular con lineamientos para autorizar el despido de trabajadores, servidores públicos y contratistas con estabilidad laboral u ocupacional reforzada por discapacidad o condiciones de salud. La medida busca garantizar la protección de derechos fundamentales y prevenir decisiones discriminatorias, en cumplimiento de la Constitución, la ley y tratados internacionales.
La circular define que todo empleador, nominador o contratante debe solicitar autorización previa ante el Ministerio del Trabajo antes de terminar cualquier vínculo laboral u ocupacional con personas que gocen de esta protección. El incumplimiento puede generar sanciones judiciales como reintegro, pago de salarios u honorarios, indemnización de 180 días y la obligación de realizar ajustes razonables en el puesto de trabajo. El procedimiento se fundamenta en la jurisprudencia constitucional y en normas como la Ley 361 de 1997 y la Ley 1618 del 2013. (Lea: Mintrabajo propone medidas para frenar la tercerización laboral ilegal y fortalecer la formalización)
Entre los criterios para otorgar la autorización se incluye la verificación de que la terminación no obedezca a motivos discriminatorios, que exista justa causa o causal objetiva y que se hayan agotado todas las posibilidades de reubicación, readaptación y ajustes razonables. El trámite también aplica para contratos de prestación de servicios, aprendizaje y relaciones ocupacionales no subordinadas, así como para servidores públicos, quienes requieren autorización adicional por su especial protección constitucional.
La circular fija un plazo máximo de tres meses para resolver las solicitudes, con estándares internos de 15 días hábiles para casos de justa causa y 30 días para situaciones de incompatibilidad insuperable. Además, ordena registrar los trámites en un sistema de información para garantizar transparencia y seguimiento.
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