Límite del 40% sobre pagos no salariales, para efectos de aportes al sistema general de seguridad social, es aplicable en riesgos profesionales (4:05 p.m.)
11 de Abril de 2011
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Nota:
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El límite del 40% sobre los pagos no salariales, para efectos de aportes al sistema general de seguridad social, previsto en el artículo 30 de la Ley 1393 del 2010, es aplicable a los aportes en riesgos profesionales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Decreto Ley 1295 de 1994, según el cual la base de aportes debe ser la misma determinada para el sistema general de pensiones, precisó el Ministerio de la Protección Social, en oficio de marzo.
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