No informar a quien no reúne los requisitos para pensionarse sobre la libertad de reclamar la indemnización sustitutiva vulnera sus derechos (3:16 p.m.)
29 de Marzo de 2010
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Nota:
65403
Las entidades encargadas de decidir sobre el reconocimiento del derecho a la pensión tienen el deber de informar al peticionario que no reúne los requisitos sobre la libertad de reclamar la indemnización sustitutiva. Dicha información debe ser veraz y fundada y no puede ser suministrada con el ánimo de inducir en error al asegurado, pues de lo contrario se viola el derecho a la seguridad social y, eventualmente, el mínimo vital de quienes lo reclaman. Así lo manifestó la Corte Constitucional, en fallo de tutela contra el Instituto de Seguros Sociales (M.P. María Victoria Calle Correa)
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