13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 17 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


¿En qué consiste la vinculación con el Estado como ‘funcionario de hecho’? (3:24 p.m.)

21 de Noviembre de 2018

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Nota:
108591
La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que en el ejercicio de la función pública puede darse una vinculación al Estado denominada como “funcionario de hecho”, que hace referencia a la persona que ocupa un cargo en la administración pública y cumple las funciones propias del mismo como si fuese un verdadero funcionario, pero sin título o con título irregular. De otra parte, explicó que para que una persona se desempeñe en calidad de empleado público es necesario que realice su ingreso al servicio en la forma establecida en la ley, es decir, que tenga una designación válida (nombramiento o elección), se haya posesionado con el lleno de requisitos para el ejercicio del cargo y quede investida de las facultades para prestar el servicio. Consulte en la sentencia adjunta las demás formas de vinculación con el Estado y sus efectos laborales y prestacionales (C. P. César Palomino Cortés).

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