13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 7 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Fondos de pensiones deben responder ante afiliados y asumir consecuencias por errores en la historia laboral (3:18 p.m.)

29 de Diciembre de 2016

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Nota:
53383
Las entidades administradoras de pensiones tienen a su cargo el manejo de las bases de datos que contienen información sobre la historia laboral de los afiliados al régimen de seguridad social en pensiones. Acorde con ello, y con soporte en jurisprudencia constitucional, el Consejo de Estado precisó las obligaciones que recaen en las administradoras de los fondos de pensiones, principalmente cuando se trata de la responsabilidad de mantener actualizada y custodiada la información de los afiliados. Según la Sección Primera, estas entidades responden ante los afiliados por errores e inconsistencias en que incurran respecto de los datos que han de constar en la historia laboral. También deberán asumir las consecuencias que en el reconocimiento del derecho pensional de un afiliado causen estas faltas. Por otro lado, recalcó el mayor rigor y exigencia que recae sobre las administradoras, dado que la relación entre esta y el afiliado está permeada por la confianza que ha depositado en la probidad e idoneidad profesional de la entidad y agregó que existen dos exigencias que los fondos deben tener en cuenta: 1.) Asegurar la confiabilidad, exactitud y veracidad de los datos reportados en la historia laboral, teniendo en cuenta las nefastas consecuencias que puede generar, los cuales son responsabilidad de la entidad y no del afiliado y 2.) la obligación de velar por asegurar la efectividad del derecho a la pensión (C.P. María Claudia Rojas).

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