Corte Suprema recuerda las implicaciones de los cambios de naturaleza del Banco Cafetero en los regímenes laborales de sus empleados (2:12 p.m.)
20 de Febrero de 2012
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Nota:
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La Corte Suprema de Justicia recordó que el 5 de julio de 1994, el Banco Cafetero mutó su naturaleza de empresa industrial y comercial del Estado a una sociedad de economía mixta, por lo que los trabajadores vinculados a partir de esa fecha quedaron sometidos al régimen general de los trabajadores particulares. Esta calidad de trabajadores privados perduró hasta el 28 de septiembre de 1999, pues desde ese momento, por una variación del capital social del banco, se convirtió de nuevo en una empresa industrial y comercial del Estado. La Corte reiteró que el cambio de trabajadores oficiales a particulares, en 1994, o el de particulares a oficiales, en 1999, no puede concebirse en perjuicio de los derechos adquiridos de las personas que, antes de esa fecha, ya habían completado el tiempo de servicio exigido por la Ley 33 de 1985 para acceder a la pensión oficial, ni el de aquellas que, cobijadas por el régimen de transición, completaron los años de servicio después de 1999 (M.P. Camilo Tarquino Gallego).
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