Corte Suprema recuerda cómo se aplica el principio de condición más beneficiosa en el caso de la pensión de sobrevivientes (4:56 p.m.)
23 de Agosto de 2010
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Nota:
68007
La Corte Suprema de Justicia aclaró que cuando fallece un pensionado los requisitos para la pensión de sobrevivientes son distintos de aquellos exigidos cuando muere un afiliado, pues en el primer caso el grupo familiar accede a la prestación de forma automática, mientras que en el segundo supuesto no. La Sala Laboral recordó que para aplicar el principio de la condición más beneficiosa en el caso del afiliado fallecido es necesario que hubiere cotizado 300 semanas antes de entrar a regir la Ley 100 de 1993 o que hubiere cotizado 150 en los seis años antes de la entrada en vigencia de esta ley y otras 150 en los seis años anteriores a la invalidez. En el fallo se aclaró que el artículo 83 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social permite que en segunda instancia se ordene la práctica de pruebas que se dejaron de surtir en primera instancia sin culpa de la parte interesada y que fueron solicitadas por esta, o que el tribunal unilateralmente ordene las pruebas que estime necesarias para resolver la apelación o consulta (M.P. Luis Javier Osorio López).
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