¿Cómo acreditar la desafiliación del sistema pensional cuando en un proceso no reposa prueba del acto? (11:33 a.m.)
24 de Enero de 2018
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Nota:
59792
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que la jurisprudencia de esa corporación ha aceptado, de manera excepcional, que cuando en un proceso no reposa prueba del acto de desafiliación del sistema, la misma puede inferirse de la ocurrencia de hechos tales como la terminación de la vinculación laboral del afiliado, la falta de pago de las cotizaciones o el cumplimiento de los requisitos de edad y densidad de semanas, que no dejen duda de la intención de cesar con la vinculación a efectos de obtener el derecho pensional (M. P. Jorge Luis Quiroz).
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