Tarjeta de propiedad del vehículo es insustituible para acreditar su titularidad (4:01 p.m.)
14 de Julio de 2014
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Nota:
61795
El Consejo de Estado determinó que la tarjeta de propiedad del vehículo es un documento insustituible para demostrar legitimación en la causa por activa, cuando se alega daño antijurídico derivado de la afectación de un bien automotor. En ese sentido, recordó que el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil impide presentar pruebas distintas a las exigidas para demostrar la titularidad, frente cierto tipo de realidades contractuales, dentro de los cuales, dice, se cuenta la propiedad sobre un vehículo. Bajo esa perspectiva, no se podía probar que el contrato de transporte de ganado a cargo del accionante hubiese sido afectado por la decisión de la administración de inmovilizar el vehículo; al no poder probar su titularidad sobre aquel, no se puede demostrar que la actuación del administrador hubiese sido la causa que impidió la ejecución del contrato (C. P. Enrique Gil).
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