Prestadores del servicios de gas natural comprimido vehicular no están obligados a contratar auditoría externa de gestión y resultados (9:50 a.m.)
30 de Abril de 2010
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Nota:
65911
Teniendo en cuenta que el gas natural comprimido vehicular (GNCV) se utiliza para la movilización de vehículos automotores, es decir, que no se agota en el domicilio del usuario, no es un servicio público domiciliario y, por lo tanto, sus prestadores no están sujetos a la Ley 142 de 1994 ni están obligados a contratar una auditoría externa de gestión y resultados. Así lo precisó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en concepto del pasado 23 de marzo.
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