Corresponde a la Superservicios investigar y sancionar a los prestadores de acueducto que incumplan las normas de calidad (10:40 a.m.)
08 de Marzo de 2010
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Nota:
64224
Los acueductos comunales, entendidos como organizaciones autorizadas para prestar servicios públicos, están sujetos a la inspección, control y vigilancia de la Superintendencia de Servicios Públicos, de acuerdo con lo previsto en la Ley 142 de 1994 y el Decreto 990 del 2002. En desarrollo de dichas funciones, a la entidad le corresponde adelantar las investigaciones administrativas e imponer las sanciones pertinentes a quienes suministren y distribuyan agua para consumo humano, cuando se incumplan las normas que regulan su calidad.
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