Sancionado juez que tardó dos años en hacer efectiva sanción por desacato (4:00 p.m.)
31 de Octubre de 2013
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Nota:
92360
El Consejo Superior de la Judicatura dejó en firme la suspensión de seis meses que fue decretada contra un juez de tutela que tardó dos años y dos meses en hacer efectivo un fallo en el cual resolvió un incidente de desacato. Según la Sala Disciplinaria, ello supone el desconocimiento del deber del operador de actuar con celeridad y eficiencia y de tomar decisiones propias del ejercicio de funciones dentro de plazos perentorios e improrrogables (artículo 153 de la Ley 270 de 1996; artículo 34 de la Ley 734 del 2002 y artículo 52 del Decreto 2591 de 1991). En el caso concreto, la corporación encontró que después de 26 meses de haber ordenado una sanción de arresto contra el gerente de Cajanal, el juez volvió a pronunciarse, indicando que para hacer efectivo el incidente desacato debía existir una investigación disciplinaria en curso contra el funcionario (M. P. Ovidio Claros).
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