Publican fallo que estableció que las facultades de Fonvivienda para adoptar medidas y atender a damnificados del invierno solo podrán ejercerse hasta el 2014 (9:36 a.m.)
13 de Julio de 2011
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Nota:
74651
La Corte Constitucional publicó el texto del fallo que declaró la exequibilidad condicionada de varias disposiciones del Decreto 4832 del 2010, dictado al amparo del estado de emergencia económica, social y ecológica. Para la corte, las facultades otorgadas al Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) en el decreto relacionadas con la celebración directa de contratos de fiducia mercantil, la transferencia de recursos a patrimonios autónomos que se deriven de esos contratos y el otorgamiento de bienes inmuebles fiscales o la porción de ellos para la construcción o desarrollo de proyectos de vivienda de interés social solo estarán vigentes hasta el 2014. El alto tribunal indicó que aunque el proyecto integral de desarrollo urbano que desarrolla la norma corresponde a una figura introducida en la Ley 1151 del 2001 declarada inexequible en la Sentencia C-149 del 2010, era necesaria y proporcional a la emergencia declarada (M.P. Juan Carlos Henao Pérez).
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