Protección de personas con limitaciones físicas se aplica en regímenes especiales como el de la Policía (10:28 a.m.)
31 de Diciembre de 2010
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Nota:
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La Corte Constitucional reiteró la especial protección que se debe dar a las personas con limitaciones físicas y sensoriales y que su condición no se puede convertir en obstáculo para el desarrollo laboral de quienes las padecen. Señaló que este amparo no desaparece ni se ve menguado en el caso de los miembros de la Policía Nacional, pese a las condiciones que exige la institución y sus regímenes especiales. En decisión dada a conocer recientemente, la Sala Octava de Revisión tuteló el derecho a la especial protección de las personas con discapacidad de un miembro de la Policía que fue desvinculado de la institución por considerarlo no apto al tener una disminución de la capacidad laboral del 9.5%, sin considerar la posibilidad de su reubicación (M. P. Humberto Sierra Porto).
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