Plazo para sustentar recurso de anulación contra laudo arbitral laboral vuelve a ser de tres días, reafirma Corte Suprema (8:52 a.m.)
02 de Octubre de 2014
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Nota:
63716
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia reiteró su decisión de rectificar jurisprudencia en torno al término para demandar la nulidad del laudo arbitral y sostuvo que el plazo máximo de sustentación del recurso es tres días. La Sala retomó así la posición asumida en el radicado 34622 del 2008, debido al retiro del ordenamiento jurídico de la norma que dio lugar al giro jurisprudencial que delimitó nuevamente ese lapso, para fijarlo en cinco años. La corporación sostuvo que artículo 118 del Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional derogó expresamente el artículo 164 del Decreto 1818 de 1998, que fue el sustento legal por medio del cual la Sala revisó su jurisprudencia, ampliando en ese entonces el plazo a cinco años. La salida del ordenamiento de esta última regla, sostiene la providencia, demuestra la vigencia del artículo 143 del Código Procesal del Trabajo en esta materia, que motivó la conclusión esbozada por la Corte en el 2008; de ahí la necesidad de reasumir esta postura. Cabe precisar que la decisión expresa la rectificación asumida en el Auto AL-2314 (62867) (M. P. Clara Cecilia Dueñas).
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