Plan de impulso a la productividad y el empleo (PIPE) Definen términos para cobertura de la tasa de interés para crédito de vivienda nueva (4:44 p.m.)
30 de Abril de 2013
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Nota:
87936
Para la efectividad de la cobertura de la tasa de interés para financiación de vivienda nueva, determinada en el Decreto 0701, el Gobierno definió, tanto para el Banco de la República como para los establecimientos de crédito, los términos y condiciones de intercambio de flujos derivados de este beneficio. También precisó el alcance y contenido de los contratos marco de permuta financiera de tasas de interés, y señaló que los establecimientos de crédito interesados en acceder a la cobertura deberán celebrar con el Emisor, como administrador del Frech, un contrato marco de permuta financiera de tasas de interés.
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