Obligar a los concesionarios que explotan recursos minerales a mediar con las asociaciones irregulares afecta derechos adquiridos y buena fe de los primeros (10:02 a.m.)
13 de Septiembre de 2010
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Nota:
68474
La ley no puede equiparar al concesionario con los explotadores irregulares, así sea para establecer una mediación obligatoria que debe producir resultados en un término perentorio. Este proceder legal vulnera los derechos adquiridos por el concesionario y el principio de buena fe, señaló la Procuraduría. Añadió que el concesionario puede explotar los minerales, porque se lo permite el contrato de concesión, mientras que su contraparte, los explotadores irregulares, no tienen ningún título que se lo permita y por ende no tienen derecho a hacer dicha explotación. Por tal razón, el Ministerio Público le pidió a la Corte Constitucional que declare inexequible el aparte que somete a los concesionarios a dicho procedimiento obligatorio de mediación (Ley 1382 del 2010, art. 12, inciso 3º).
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