No hay ausencia de regulación en relación con la intensidad horaria que deba acreditar una maestría cursada en el exterior para ser homologada (4:59 p.m.)
30 de Agosto de 2010
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Nota:
68385
El Consejo de Estado indicó que si bien no hay disposición específica que fije la intensidad horaria de un programa de maestría en Colombia o que establezca el tiempo que una persona deba permanecer en el exterior para que se le reconozca que cursó un programa de maestría en otro país, no puede afirmarse que haya ausencia de regulación sobre este tema. De esa forma, la Ley 30 de 1992 y el Decreto 4706 del 2004 indican que esta clase de posgrados no pueden lograrse en periodos cortos y el Decreto 2566 del 2003 establece que el número de créditos para las maestrías está en un rango de 50 a 70, esto es, aproximadamente 2880 horas. Con estos argumentos, la corporación anuló una resolución que convalidaba un título de maestría obtenido en Cuba (C.P. Rafael Enrique Ostau De Lafon Pianeta).
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