12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 55 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Mora en los pagos de la deuda financiada por empresas prestadoras de servicios públicos acarrea el corte del servicio (8:04 a.m.)

15 de Enero de 2010

Reproducir
Nota:
64183
Si una empresa prestadora de servicios públicos ha financiado una deuda y el usuario incurre de nuevo en mora, esta deberá dar aplicación a lo previsto en el contrato para tales situaciones, o, en su defecto, dar por terminado el contrato, por el incumplimiento por un periodo de varios meses o en forma repetida (Ley 142 de 1994, art. 141). Según la norma, se presume que el atraso en el pago de tres facturas y la reincidencia en una causal de suspensión, dentro de un periodo de dos años, es materia que afecta gravemente a la empresa y que le permite resolver el contrato y proceder al corte del servicio.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)