Mintic regula el proceso de reconocimiento y pago de la franquicia postal (3:34 p.m.)
01 de Septiembre de 2014
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Nota:
62965
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones dictó normas para el uso de la franquicia postal así como las condiciones para el reconocimiento y pago de la misma, de conformidad con el artículo 47 de la Ley 1369 del 2009. De la misma manera, fijó los indicadores técnicos y de calidad para la prestación de este servicio por parte del Operador Postal Oficial. Son objeto de franquicia postal los envíos de correspondencia que presta el operador a nivel nacional a las personas y entidades descritas en el anexo del Decreto 223 del 2014. Para el caso de los organismos internacionales y las representaciones diplomáticas y consulares, los envíos de correspondencia objeto de franquicia se prestarán a nivel internacional a través del servicio EMS, definido en el manual de correspondencia de la Unión Postal Universal como el más rápido servicio postal de correspondencia por medios físicos.
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