Expiden criterios para acreditar capacidad económica en contratos de concesión minera (11:23 a.m.)
02 de Diciembre de 2015
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Nota:
104084
La Agencia Nacional de Minería fijó los requisitos que deben aportar los interesados en acreditar capacidad económica para las solicitudes de contratos de concesión minera presentadas con posterioridad al 9 de junio del 2015; solicitudes de cesión de derechos y cesión de áreas de conformidad con el artículo 22 de la Ley 1753 del 2015, así como los criterios de evaluación de la capacidad económica aplicados por parte de la autoridad minera. Se aclara que los contratos que resultan de la declaratoria de áreas de reserva especial no requerirán acreditar dicho requisito en el marco de estos procesos, salvo en casos de cesión del contrato. Es de precisar que la documentación requerida dependerá de la calidad de persona natural independiente comerciante o no comerciante, persona natural dependiente o persona jurídica. Sin embargo, indica que también podrán soportar la capacidad mediante la presentación de un aval financiero otorgado por un establecimiento de crédito debidamente vigilado por la Superintendencia Financiera, el cual deberá contenerse en una carta de crédito o su equivalente expedida por el correspondiente establecimiento.
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