Importante reforma al régimen de competencia de los tribunales administrativos avanza en la Cámara (4:30 p.m.)
25 de Abril de 2017
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Nota:
55881
El derogado Código Contencioso Administrativo contemplaba que los tribunales administrativos eran los competentes para conocer en primera instancia de los asuntos relativos a la acción de nulidad electoral de los gobernadores, de los diputados a las asambleas departamentales y de cualquier otra elección celebrada dentro del respectivo departamento. Sin embargo, con la entrada en vigencia del nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo dicha competencia se entendió derogada por el legislador, al no enunciarse dentro de la órbita competencial de los tribunales. Así pues, el objeto del proyecto de ley, que ya cuenta con ponencia positiva para primer debate, es retornar dicha competencia a los tribunales administrativos y, de esta manera, corregir la omisión legislativa en la que se incurrió con la expedición de la Ley 1437 del 2011, garantizando así el derecho a la doble instancia de los gobernadores que se encuentren inmersos en procesos de nulidad electoral ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo. El contenido completo de la iniciativa está disponible para su consulta en el documento adjunto a la presente nota.
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