Implementan el sistema de vigilancia y control de centros de conciliación y/o arbitraje (3:19 p.m.)
22 de Septiembre de 2010
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Nota:
68735
Mediante la Resolución 2620 del 2009, aún sin publicar en el Diario Oficial, el Ministerio del Interior y de Justicia adoptó el sistema electrónico para el control, la inspección y la vigilancia de los centros de conciliación y/o arbitraje y las entidades avaladas para impartir cursos de formación en conciliación, a través del cual deben reportar la información prevista en la normativa vigente o la que requiera esa cartera. Tales centros y entidades y los servidores públicos facultados para conciliar deben remitir, en los meses de enero y julio, la relación del número de solicitudes radicadas, las materias objeto de controversias y la cantidad de acuerdos conciliatorios y de audiencias realizadas en cada periodo, reitera la norma, de acuerdo con lo previsto en la Ley 640 del 2001 (Ley de Conciliación) y su reglamentación.
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