Fiscalía no puede provocar colisión de competencias: Consejo Superior de la Judicatura (3:52 p.m.)
05 de Febrero de 2010
Reproducir
Nota:
64800
El Consejo Superior de la Judicatura recordó que el objeto institucional de la Fiscalía General de la Nación se transformó desde la implementación del Sistema Penal Acusatorio y, al otorgársele solo el oficio acusador, sus funciones no son jurisdiccionales, por lo que no puede provocar colisión de competencias. Por tal razón, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria se inhibió de dirimir el aparente conflicto de competencias entre la jurisdicción ordinaria y la especial militar, por cuanto no estaba demostrado el conflicto (M. P. José Ovidio Claros).
Opina, Comenta