Expiden nueva regulación sobre la utilización del recurso hídrico y el otorgamiento de permisos de vertimiento (2:59 p.m.)
26 de Octubre de 2010
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Nota:
69430
Ante los cambios normativos e institucionales del sector medioambiental, el Gobierno acaba de actualizar el marco regulatorio aplicable a la utilización del recurso hídrico y el otorgamiento de permisos de vertimiento, que data del año 1978, con miras a facilitar la gestión de las autoridades ambientales y prevenir y controlar la contaminación de ese recurso básico. El Decreto 3930 del pasado 25 de octubre prohíbe, entre otras actividades, el lavado de vehículos en las orillas y en los cuerpos de agua y la disposición, en cuerpos de aguas superficiales, subterráneas, marinas y sistemas de alcantarillado, los sedimentos, lodos y sustancias sólidas provenientes de sistemas de tratamiento de agua o equipos de control ambiental y otras sustancias, como cenizas, cachaza y bagazo. Cualquier persona natural o jurídica cuya actividad o servicio genere vertimientos a las aguas superficiales, marinas o al suelo deberá solicitar y tramitar ante la autoridad ambiental competente el respectivo permiso de vertimientos, en los términos de esta nueva regulación.
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