En vigencia, ley reglamentaria de la reforestación comercial (4:46 p.m.)
13 de Enero de 2010
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Nota:
63960
A través de una reciente ley, el Congreso estableció las condiciones para adelantar la reforestación con fines comerciales o industriales, actividad consistente en el cultivo de especies arbóreas para la producción de madera, productos forestales no maderables y subproductos. No podrán establecerse cultivos forestales o sistemas agroforestales con tales fines en bosques naturales, áreas forestales protectoras, áreas de manejo especial o cualquier otra categoría de manejo, conservación o protección que excluya dicha actividad, ni en ecosistemas estratégicos, como páramos, manglares y humedales, señala la Ley 1377 del 8 de enero.
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