12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Dirección Ejecutiva de Administración Judicial debe reconocer la bonificación por compensación desde que fue proferido el fallo que revivió esa prestación (11:55 a.m.)

25 de Enero de 2012

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Nota:
78992
En el 2001, la Sección Segunda del Consejo de Estado declaró la nulidad del Decreto 2688 de 1998, en el que se había derogado el reconocimiento de la bonificación por compensación para determinados funcionarios de la Rama Judicial. Recientemente, esta misma corporación decidió estarse a lo resuelto en ese fallo frente a la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta contra la norma. La Sección Segunda, conformada por una sala de conjueces, señaló que desde que este decreto fue anulado, la Dirección Ejecutiva de la Administración Judicial debía efectuar los reconocimientos. Por ello, no debe ser vinculada necesariamente a los procesos en los que se pretende el pago de esta prestación, pues en todo caso le son oponibles esas decisiones. De esta forma, confirmó el reconocimiento de la bonificación por compensación a varios empleados del Consejo Superior de la Judicatura (C.P. José Fernando Torres Fernández).

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