Así funcionará la justicia transicional para civiles involucrados en el conflicto armado (2:55 p.m.)
25 de Mayo de 2016
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El presidente Juan Manuel Santos reveló el documento que indica los elementos básicos para la aplicación de la jurisdicción especial para la paz a terceros civiles. Santos dijo que quienes aparezcan en investigaciones de la justicia ordinaria por haber interactuado con guerrilleros o paramilitares, con ocasión del conflicto interno, deben dar su testimonio de verdad, para que cese todo procedimiento y el tribunal especial lo considere cosa juzgada. Además, precisó que se consideran actores del conflicto tanto a los agentes del Estado, como a la guerrilla y los civiles que hayan intervenido. Igualmente, el mandatario sostuvo que “solamente serán juzgados por el tribunal aquellos que hayan cometido crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio. Esos deberán ser objeto de juzgamiento y sanción”. En ese orden de ideas, agregó que el tribunal solo juzgará a civiles cuando “haya existido participación determinante en la comisión de los delitos más graves y representativos”. Especificó que el tribunal especial actuará contra un tercero civil si este es “empresario o no empresario, tuvo que ver con el paramilitar o con el guerrillero y que juntos planearon una masacre, vamos a desaparecer a este pueblo, vamos a cometer esta atrocidad”.
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