Corte Suprema advierte diferencias entre falso juicio de convicción y el falso juicio de legalidad (2:56 p.m.)
19 de Agosto de 2014
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Nota:
62260
La Corte Suprema de Justicia recordó que el falso juicio de convicción consiste en atribuir un valor equivocado a la prueba, mientras que el falso juicio de legalidad corresponde a la adopción de material ilegalmente recaudado o no incorporarlo cuando su procedencia es lícita. En el primer caso, es necesario que el fallador haya desatendido las normas que establecen el valor de las pruebas e identificar cuáles de ellas se desatendieron. En el segundo, es necesario identificar el elemento probatorio respectivo, señalar las disposiciones que regulan su formación y acreditar que la prueba fue excluida, debiendo ser incluida, o incorporada, cuando no debió serlo; en ambos casos es necesario demostrar las implicaciones de la inobservancia en el fallo recurrido, dice la Sala (M. P. María del Rosario González).
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