Corte Suprema advierte de la rigurosidad que debe observar el operador para imputar el delito de terrorismo (2:25 p.m.)
20 de Octubre de 2014
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Nota:
97309
Causar zozobra generalizada o estragos a bienes jurídicos protegidos como la vida, edificaciones o medios de transporte no constituye, per se, incurrir en actos de terrorismo; así lo sostuvo la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que aclaró que ese tipo se produce únicamente si todas esas incidencias coexisten, relacionadas entre sí, en la actuación examinada. A su juicio, el tipo sancionado por el artículo 343 de la Ley 599 de 2000 se configura siempre y cuando la lesión a los bienes jurídicos allí protegidos pretenda concretar “alguno de los verbos rectores del delito de terrorismo, esto es, provocar o mantener en estado de zozobra o terror a la población o parte de ella”. También aclaró que no es necesario que la actuación sea parte del conflicto armado, ya que esa circunstancia específica está proscrita por el artículo 144. La Sala revocó así la condena emitida contra una mujer que fue sorprendida en posesión de elementos utilizados para la fabricación de explosivos, algunos incluso de venta libre y otros de acceso restringido. Si bien el artículo 345 sanciona la administración de dinero o bienes para actividades terroristas, anotó, la actuación que se juzgó adquirió tal connotación con posterioridad a los hechos examinados (artículo 16 de la Ley 1121 del 2006) (M. P. María del Rosario González).
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