Corte Constitucional confirmó fallo de la Corte Suprema que ordenó a la Fiscalía General proveer los cargos del concurso interno de carrera (2:34 p.m.)
15 de Febrero de 2010
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Nota:
64633
La Corte Constitucional reiteró que la entidad estatal que convoca a un concurso abierto, con la finalidad de escoger personal para suplir cargos de su planta, debe respetar las reglas que ella misma ha diseñado y a las cuales deben someterse los participantes. Finalizado el concurso, y ante la existencia de una lista de elegibles, obliga la provisión de las vacantes en estricto orden. Por tal razón, la Sala Sexta de Revisión de Tutelas de la corte confirmó el fallo de la Corte Suprema de Justicia que ordenó el nombramiento de quienes están en las listas de elegibles del concurso interno para la provisión de cargos de la Fiscalía General de la Nación. Respecto a que la tutela fallada por la Corte Suprema tenga efectos inter comunes, la sala explicó que en este caso la corte no se abrogó dicha competencia, sino que constató el incumplimiento de una sentencia de la Corte Constitucional que ordenó a la Fiscalía tomar medidas para aplicar el régimen de carrera en la entidad (Sentencia T 131 del 2005) y aplicó lo dispuesto en dicha decisión (M. P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub).
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