Beneficiario de estabilidad laboral reforzada por ser padre cabeza de familia debe acreditar su condición ante la administración (8:20 a.m.)
15 de Julio de 2014
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Nota:
62032
La Corte Constitucional aclaró que la estabilidad laboral reforzada que cobija a padres cabeza de familia, incluso cuando ocupan plazas en entidades en proceso de reestructuración, no los excluye de su deber de probar oportunamente ante la administración su condición. Así, resulta improcedente alegar la vulneración del aludido derecho si el beneficiario no ha acreditado ante su empleador la citada condición, que lo haría merecedor a la inclusión en el retén social. “(…) Por tratarse de situaciones de las que depende el mínimo vital de sujetos de especial protección, se espera que la persona que se considere titular de dicha garantía despliegue acciones eficaces en pos de obtener el reconocimiento de su situación”, sostuvo (M. P. Alberto Rojas).
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