Arancel del 98% para las importaciones de leche en polvo será permanente (10:20 a.m.)
09 de Agosto de 2010
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Nota:
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El arancel del 98% para las importaciones de leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante, de la partida arancelaria 04.02, cuya vigencia expiraba el pasado 5 de agosto, se aplicará permanentemente, dispuso el Gobierno, mediante el Decreto 2906 de ese día. La medida, que busca proteger la producción nacional de leche y al sector lácteo, no rige para los países con los cuales Colombia tiene acuerdos comerciales vigentes que regulen ese particular. El alto arancel para la leche en polvo rige desde el 2004, desde cuando ha tenido niveles del 50%, 40% y 33%.
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