Importación de fertilizantes requiere el registro de venta del producto o la autorización de su titular (3:31 p.m.)
16 de Marzo de 2010
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Nota:
65241
En adelante, los interesados en importar un fertilizante o acondicionador de uso del suelo deberán obtener el registro de venta del producto o contar con autorización de su titular y cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 968, que acaba de expedir el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). La entidad modificó varias disposiciones de la Resolución 150 del 2003, reglamento para la importación, fabricación, formulación, envasado, distribución, expendio y uso de tales productos.
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