Alcaldes que aspiren a ser gobernadores del departamento donde ejercen deben renunciar 24 meses antes de inscribir su candidatura (9:40 a.m.)
04 de Noviembre de 2010
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Nota:
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Los alcaldes municipales elegidos para el periodo comprendido entre el 1 de enero del 2008 y el 31 de diciembre del 2011 no podrán inscribirse como candidatos a gobernadores del departamento al que pertenece el municipio donde ejercen, a menos que su renuncia se haya realizado 24 meses antes de la inscripción al nuevo cargo. Así lo señaló el Consejo de Estado en respuesta a una consulta elevada por el Ministerio del Interior. La Sala de Consulta y Servicio Civil señaló que según la Ley 617 del 2000, cuando el alcalde aspira a ser elegido gobernador en el mismo departamento el término no es de 12 meses sino de 24, para oficializar su renuncia. En cambio, si aspira en otro departamento, diferente a donde está su ejercicio actual, la regla aplicable es la general, es decir, 12 meses (C. P. William Zambrano Cetina).
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